La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera a los dos acusados, miembros de un 'grupo Y', culpables de un delito intentado de incendio con finalidad terrorista
La Audiencia Nacional ha condenado a sendas penas de cuatro años de cárcel a los vecinos de Markina Eneko Ostolaza Icaran y Borja Oregi Urrutia por el intento de quema de un autobús el 5 de octubre de 2007. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal considera a los dos acusados, miembros de un "grupo Y", culpables de un delito intentado de incendio con finalidad terrorista. Además de la pena de cárcel deberán indemnizar al conductor del autobús, al que rociaron con gasolina, con cuatro mil euros por las lesiones psíquicas sufridas.
La sentencia establece que un grupo de cinco o seis individuos encapuchados, entre los que se encontraban los dos acusados, colocaron varios neumáticos en la calle Karmengo, de Markina, para lograr que se detuviera un vehículo de la Compañía Autobuses Vascongados, sobre las nueve de la noche del 5 de octubre de 2007. Cuando el vehículo se detuvo ante la barricada, dos de los asaltantes golpearon con palos el parabrisas delantero para conseguir que el conductor abriera las puertas.
Después, otros tres individuos penetraron en el autobús, en el que había cuatro pasajeros, y vertieron tres garrafas de gasolina en su interior. Uno de los pasajeros opuso resistencia para marcharse por lo que fue impregnado con gasolina. El conductor se retrasó al intentar recoger sus pertenencias, por lo que uno de los asaltantes le echó gasolina por el lado derecho de su cuerpo. Los asaltantes arrojaron prendieron fuego a dos botellines con líquido inflamable y los lanzaron contra el vehículo, pero el autobús no llegó a incendiarse porque la llama de las botellas se apagó.
Los jueces establece que los asaltantes formaban parte de un "grupo Y" dedicado a la kale borroka y que entre ellos se encontraban Ostolaza y Oregi. Este último fue uno de los dos que golpearon con palos los cristales para obligar al conductor a abrir las puertas. El tribunal no ha dado credibilidad a la coartada presentada por los dos acusados. Ostolaza declaró que el día del ataque había estado en un concierto en Ondárroa y Oregi que había ido a un partido de pelota en Markina.
La sentencia dice que Ostolaza y su defensa "silenciaron" la supuesta coartada durante "todo el devenir procesal" y no fue hasta la presentación del escrito de conclusiones provisionales cuando se mencionó. El segundo acusado, por su parte, no dijo que había ido a un partido hasta la celebración de la vista oral del juicio. En cambio, los magistrados dan credibilidad a las declaraciones inculpatorias realizadas en dependencias policiales de los dos procesados, así como a las manifestaciones de otros detenidos.
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